Lista de Usuarios Etiquetados

Resultados 1 al 1 de 1
  1. #1

    Fecha de ingreso
    28 oct, 20
    Mensajes
    35
    Post Thanks / Like
    Mentioned
    0 Post(s)
    Tagged
    0 Thread(s)
    Quoted
    1 Post(s)

    Armas permitidas en la profesión de seguridad privada

    Las competencias sobre las armas que usan los guardias de seguridad en CDMX:

    Guardias de Seguridad

    El arma reglamentaria de los guardias de seguridad, en los servicios que hayan de prestarse con armas, será:

    • Revólver calibre 38 especial, de cuatro pulgadas.


    Si por la razón del servicio deben hacer uso de armas largas utilizarán:
    • Escopeta de repetición del calibre 12/70, con cartuchos de 12 postas.


    Cuando existan circunstancias extraordinarias que impidan o desaconsejen el uso de las armas referenciadas para un servicio concreto, las empresas podrán solicitar de la Guardia Civil autorización para usar:
    • Armas largas rayadas de repetición, del calibre 6’35, 7’65, 9 mm corto, 9 mm parabelum ó 9 mm largo.


    La Guardia Civil, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE), previa valoración de las circunstancias concurrentes, concederá o denegará la autorización.

    Guardas Rurales

    Las armas de fuego específicas de los guardas rurales para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, con carácter general, serán:

    • Armas largas rayadas de repetición.


    Son armas concebidas para usar con cartuchería metálica, apta para su utilización con arma corta, de calibres:
    • 6,35, 7,65, 9 mm corto,
    • 9 mm parabellum,
    • 9 mm largo,
    • 22LR, 22 Magnum,
    • 38 especial
    • 357 Magnum.


    Cuando existan circunstancias extraordinarias que impidan o desaconsejen el uso de las armas largas rayadas para un servicio concreto, las empresas de seguridad podrán solicitar de la Guardia Civil autorización para usar:

    • Revólver calibre 38 especial.


    • Escopeta del calibre 12, de repetición, con cartuchos de 12 postas.


    La Guardia Civil, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE), previa valoración de las circunstancias concurrentes, concederá o denegará la autorización.

    Escoltas privados

    El arma reglamentaria de los escoltas privados será la pistola semiautomática del calibre 9 mm parabellum.

  2. # ADS
    Circuit advertisement
    Fecha de ingreso
    Always
    Mensajes
    Many
     

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •